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RESOLUCIÓN de 15 de diciembre de 2010, del Instituto Aragonés de Administración Pública, por la que se convocan cursos correspondientes al Plan de Formación del Personal del Servicio Aragonés de Salud y resto de Personal Sanitario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para los meses de febrero y marzo de 2011.

Publicado el 29/12/2010 (Nº 253)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Para el desarrollo de los Planes acogidos al Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas de 22 de marzo de 2010 (IV Acuerdo de Formación Continua en las Administraciones Públicas de 21 de septiembre de 2005), la Comisión de Formación para el Empleo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón -integrada por representantes de esta Administración y de las Organizaciones Sindicales firmantes de dicho Acuerdo-, ha aprobado, en su reunión de 11 de noviembre de 2010, el Plan de Actividades Formativas para el año 2011 dirigido al Personal del Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón, y que incluye los cursos para los que se va a efectuar la presente publicación de convocatoria recogidos en el Anexo I de la presente Resolución y que se corresponde con aquellos cursos que está prevista su realización los meses de febrero y marzo de 2011.

Solicitudes: Las solicitudes dirigidas a la Directora Gerente del Servicio Aragonés de Salud, se formalizarán conforme al modelo de instancia publicado como Anexo II, y que se podrán presentar por cualquier medio que implique constancia cierta de la fecha de presentación, o a través del Portal del Empleado, según regula el Decreto 129/2006, de 23 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan las relaciones de la administración de la Comunidad Autónoma de Aragón con su personal mediante el uso de redes telemáticas y se crea el Directorio Electrónico Único («Boletín Oficial de Aragón» nº 63, de 5 de junio).

Es imprescindible hacer constar en la instancia los siguientes extremos:

El nombre exacto del curso que se solicita lugar de celebración y código, tal y como figura en el Anexo I.

Los datos requeridos del solicitante en el modelo, así como su firma.

Dirección de correo electrónico.

Firma del validador designado por su Sector, que implicará la certeza de los datos consignados en la solicitud, no siendo admitidas aquellas solicitudes que no estén debidamente validadas.

Respecto de las solicitudes presentadas para cursos de las modalidades «a distancia» y «teleformación», es necesario hacer constar obligatoriamente el domicilio particular del solicitante y la dirección de correo electrónico.

Las comunicaciones de admisión a los cursos, se dirigirán al Centro de destino y a la dirección de correo electrónico facilitada por los y las solicitantes. Cualquier variación que se produzca en estos datos habrá de ser comunicada al Servicio de Política de Personal de la Dirección de Recursos Humanos del Servicio Aragonés de Salud.

Plazo de presentación de instancias: Del día siguiente a la publicación de esta convocatoria hasta el 17 de enero de 2011, ambos inclusive.

Diploma de participación: A las personas que asistan a cada curso se les extenderá el correspondiente Diploma y no podrán obtenerlo quienes no acrediten una asistencia mínima del 80% del tiempo de duración presencial de la actividad, o presenten faltas reiteradas de puntualidad y quienes no realicen o superen los trabajos o evaluaciones que los cursos conlleven.

Quienes habiendo sido seleccionados para cada curso no asistan a sus sesiones lectivas no podrán participar durante el período de 2 años en otros Cursos correspondientes al Plan de Formación del Personal Sanitario del Servicio Aragonés de Salud y del resto de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, salvo que lo justifiquen debidamente o hayan comunicado con antelación suficiente al inicio del curso su renuncia a dicho Organismo. No obstante lo anterior, las renuncias reiteradas a la asistencia a tales cursos podrán dar lugar también a la imposibilidad de participar en los siguientes que se soliciten.

La selección para la realización de los cursos convocados, no genera derecho a la percepción de las indemnizaciones por razón del servicio establecidas por Real Decreto 462/2002 de 24 de mayo, («Boletín Oficial del Estado» nº 129, de 30 de mayo).

Zaragoza, 15 de diciembre de 2010.

El Director del Instituto Aragonés

de Administración Pública,

AGUSTÍN GARNICA CRUZ